Recurren a la ONU la no revisión y nulidad de la sentencia a muerte de Miguel Hernández
Efe La Comisión Cívica por la Recuperación de la Memoria Histórica de Alicante ha recurrido ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU la decisión del Tribunal Constitucional de no admitir a trámite el recurso que solicita la revisión y nulidad de la sentencia que condenó a muerte a Miguel Hernández en 1940.
Así lo han anunciado hoy, en rueda de prensa, representantes de la comisión después de que el Tribunal Constitucional (TC) no admitiera el pasado mes de septiembre el recurso de amparo presentado por la familia de Miguel Hernández en el que pedía revisar y anular la resolución judicial por la que el poeta oriolano fue condenado a muerte el 18 de enero de 1940.
En ese recurso se solicitaba “la inconstitucionalidad” de una resolución del Tribunal Supremo (TS) que no admitió la demanda de revisión de la sentencia.
Fuentes de la comisión han explicado que habían decidido apelar al Comité de Derechos Humanos de la ONU, en lugar de al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, porque “una de las lenguas oficiales” en ese organismo de Naciones Unidas es el castellano.
Además, han señalado que “se trata de un caso novedoso” para este Comité, que tiene su sede europea en Ginebra (Suiza).
Si el recurso prosperase, el Comité de la ONU concedería a los tribunales españoles un plazo de noventa días para reconsiderar la admisión a trámite del recurso que pide la revisión y nulidad de la sentencia que condenó a muerte a Miguel Hernández, según las mismas fuentes.
En febrero de 2011, el pleno de la Sala de lo Militar del Supremo acordó que no podía declarar la nulidad de esa sentencia porque, sin perjuicio de que pudiera ser nula por efecto de la Ley de Memoria Histórica, ésta carece de toda vigencia jurídica.
Según el Supremo, la Ley de Memoria Histórica no prevé una declaración individualizada de nulidad de las resoluciones a las que se refiere, -“sin que corresponda a esta Sala enjuiciar esta decisión del legislador”, precisaba ese tribunal-, sino que efectúa un pronunciamiento general del carácter injusto de todas las condenas producidas por motivos políticos e ideológicos durante la Guerra Civil y la Dictadura.
Al no admitir esa demanda, la familia de Miguel Hernández interpuso un recurso de amparo ante el TC.
Sin embargo, el Constitucional, en un auto del 26 de septiembre, no admitió dicho recurso al entender, según el abogado de la familia de Miguel Hernández, Carlos Candela, que no existe infracción de derechos fundamentales en la decisión del Supremo.
El poeta fue condenado por delito de adhesión a la rebelión previsto en el artículo 238.2 del Código de Justicia Militar del año 1890 a la pena de muerte en una sentencia dictada por el Tribunal de Prensa de Madrid en el procedimiento Sumarísimo de urgencia 21.001, que posteriormente fue conmutada por una pena de 30 años de prisión, que no llegó a cumplir, ya que murió en la cárcel en 1942.
Los familiares de Miguel Hernández y la Comisión Cívica para la Recuperación de la Memoria Histórica de Alicante demandaron en julio de 2010 la revisión y anulación de la sentencia de pena de muerte dictada contra el poeta al considerar insuficiente la Declaración de Reparación y Reconocimiento Personal del literato que el Gobierno les había entregado en marzo de 2010.
Por otra parte, la citada comisión ha organizado para la tarde de mañana un acto en homenaje a Miguel Hernández, que tendrá lugar en la antigua cárcel de Alicante, en la que el poeta falleció, coincidiendo con las fechas próximas al 28 de marzo, día en el que se conmemora el aniversario de su muerte en 1942.
Además, el próximo domingo miembros de la citada Comisión Cívica depositarán flores sobre la tumba del literato oriolano, situada en el cementerio de Alicante, en el marco de un homenaje a los republicanos que murieron fusilados por el régimen franquista entre 1939 y 1945.
http://www.diarioinformacion.com/alicante/2013/03/21/recurren-onu-revision-nulidad-sentencia-muerte-miguel-hernandez/1355848.html